I. Una norma que surge del consenso
Recientemente el Ministerio de Educación Nacional expidió elDecreto 1290 de 2009, el cualreglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes en los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos. Dicha norma fue producto de una amplia discusión nacional, que inició hace más de dos años, cuando en la formulación del actual Plan Decenal de Educación, la comunidad educativa de manera contundente manifestó la necesidad de revisar la normatividad de la evaluación de los aprendizajes de los educandos.
Recientemente el Ministerio de Educación Nacional expidió elDecreto 1290 de 2009, el cualreglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes en los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos. Dicha norma fue producto de una amplia discusión nacional, que inició hace más de dos años, cuando en la formulación del actual Plan Decenal de Educación, la comunidad educativa de manera contundente manifestó la necesidad de revisar la normatividad de la evaluación de los aprendizajes de los educandos.
El ministerio consecuente con esta solicitud, declaró el 2008 como el año de la evaluación bajo el lema "Evaluar es valorar", período en el cual promovió y adelantó un amplio diálogo nacional, mediante cinco estrategias:
Participación ciudadana a través de plataformas web.Se reactivó la plataforma virtual del Plan Decenal de Educación, donde más de 30.000 colombianos y colombianas participaron con 13.783 propuestas a través de la consulta en línea; se realizaron 370 foros virtuales y se instalaron 370 mesas de trabajo regionales en donde 915 instituciones educativas discutieron activamente y aportaron sus ideas al respecto.Talleres de discusión nacional presenciales. Se realizaron 24 talleres donde asistieron más de 7.000 personas interesadas en el tema: docentes, directivos docentes, padres de familia y estudiantes.Foros regionales.Apoyo y acompañamiento a 78 talleres realizados a lo largo de la geografía nacional, con transmisión televisiva para la región y 11 nodos adicionales, donde participaron aproximadamente 31.600 integrantes de la comunidad educativa.Foro Educativo Nacional del 21 al 23 de Octubre de 2008.Con la asistencia de 1800 personas aproximadamente que conformaron 63 mesas de discusión sobre 9 temas relacionados con la evaluación.Talleres posforo
Se promocionó y apoyó estos talleres, donde asistieron 1200 participantes.
De esta discusión nacional acaecida en el 2008, donde participaron los diferentes actores de la comunidad educativa, surgieron como necesidades y conclusiones varios puntos, de los cuales reproducimos en orden los de mayor recurrencia:
- Fortalecer la autonomía de las instituciones en los procesos de planeación, desarrollo curricular, evaluación y promoción de los estudiantes.
- Eliminar el porcentaje mínimo de reprobación, porque tal situación estaba contribuyendo de manera notable a desmejorar la calidad educativa del país, toda vez que promocionaba la pereza y la mediocridad en los educandos.
- Considerar a la evaluación como un elemento fundamental en el proceso de mejoramiento de la calidad.
- Proponer procesos pedagógicos pertinentes en relación con los contenidos y los grupos de edad de los educandos.
- Considerar la participación de estudiantes y padres de familia en los procesos de evaluación.
El Ministerio escuchando el sentir de la comunidad educativa, especialmente de los maestros que son los profesionales de la educación, propuso en su sitio web entre diciembre de 2008 y enero de 2009, un proyecto de decreto donde recogía los puntos de la discusión nacional para modificar el sistema de evaluación de estudiantes. Hubo tres versiones publicadas de este proyecto, con el objetivo que la ciudadanía participara de manera activa y democrática en la construcción de la norma y lograr así un consenso nacional sobre la nueva normatividad.
Es pertinente referir que el texto final del Decreto 1290, es producto de la participación y retroalimentación de casi 3000 colombianos y colombianas, en su mayoría docentes y directivos docentes, los cuales hicieron sus aportes a través de la página web del MEN, de grupos focales, misivas y socializaciones previas a la expedición del mismo; quienes adicionalmente, manifestaron tener una visión positiva sobre la nueva reglamentación en un 75%.
II Una norma de avanzada
Espíritu y Fundamentación del Decreto 1290
Espíritu y Fundamentación del Decreto 1290
La nueva norma no solamente responde y está inspirada en la solicitud que hiciera una buena parte de la comunidad educativa, sino que ella reúne, consolida y concreta los avances logrados en los últimos tiempos en materia legislativa, educación, pedagogía, evaluación y política educativa, para alcanzar una educación de calidad en el país.
La autonomía en el marco legal La Ley General de Educación, en su artículo 77, otorgó la autonomía a las instituciones educativas exclusivamente en relación con la: organización de las áreas fundamentales, inclusión de asignaturas optativas, ajuste del proyecto educativo institucional a las necesidades y características regionales, libertad para la adopción de métodos de enseñanza y la organización de actividades formativas, culturales y deportivas, todo en el marco de los lineamientos que estableciera Ministerio de Educación Nacional.
En la misma dirección y con el propósito de consolidar la autonomía de las instituciones para que hicieran propuestas pedagógicas conceptualmente coherentes (horizonte institucional, métodos de enseñanza y formas de evaluación), el gobierno nacional a través del Decreto 1290 de 2009 otorgó la facultad a los establecimientos educativos para definir el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
En un país donde no se tiene un currículo único nacional y en donde cada institución tiene la libertad para fijar su horizonte institucional de acuerdo a necesidades, contextos y expectativas, es poco lógico o coherente conceptual y pedagógicamente, imponerle un único modelo o sistema de evaluación para el aula. Del mismo modo debe señalarse, que un modelo pedagógico institucional sólido debe articular cada una de las partes antes mencionadas.
La autonomía que otorgó el Ministerio de Educación Nacional para que cada establecimiento educativo disgusta, construya e implemente su sistema de evaluación, debe ser entendida no como una acción irresponsable, sino como el acto de mayor confianza que puede expresar un Estado frente al profesionalismo y competencia de los docentes del país y sus instituciones educativas.
Construir tal sistema, es una tarea que exige un alto grado de profesionalismo de los educadores; responsabilidad sobre el acto educativo; conocimiento pedagógico; estudio, reflexión y análisis para definir cual es el mejor camino para el establecimiento; negociaciones y acuerdos entre toda la comunidad educativa, representando ello un gran desafío para las instituciones y sus educadores.
Igualmente, la autonomía que otorga el decreto, debe ser entendida como un nuevo acto donde el gobierno ratifica el conocimiento que los docentes tienen sobre los campos de la educación y la pedagogía, pues ellos con su accionar y quehacer diario, son los que tienen el conocimiento para decidir cuál es la mejor estrategia para evaluar, cuál es el mejor método para atender la especifidad de cada educando, qué estudiante ha desarrollado las competencias suficientes para ser promovido al año siguiente, entre otras. Por ello, no debe ser un decreto o un externo el qué le diga a los docentes cómo hacer su trabajo, que era lo que hasta ahora había sucedido.
Argumentar o exigir que sea el Estado el que determine tales aspectos, es considerar que los docentes del país no tienen el dominio suficientes sobre su profesión, es pedir ser considerados como lo diría Kant: unos ?menores de edad? a los cuales hay que indicarles el camino. Por el contrario, el Ministerio considera que los educadores con su formación, experticia y experiencia en el campo, tienen los elementos suficientes e indicados para coadyuvar a conducir el sistema educativo hacia la calidad que todos los colombianos esperamos que tengan.
La norma también se inspira en el ejercicio democrático y es consecuente con los avances de la pedagogía, permitiendo la participación de todos los interesados en el tema. El decreto exige como requisito para la construcción y adopción de cualquier sistema institucional de evaluación que se plantee en el país, que él cuente con el apoyo de la comunidad educativa. Es decir, que la opinión de estudiantes, ex alumnos y padres también cuenta a la hora de definir el sistema.
Por una educación incluyente
Del mismo modo, el decreto se inspira y apoya en la Ley General y sus fines donde se establece una educación integral, inclusiva y que propenda por el aprendizaje de los educandos. Por ello, el 1290 define como centro del acto educativo a los estudiantes, reglamentando y dando pautas pedagógicas para que buena parte de la reflexión que se adelante dentro de las instituciones educativas esté orientada a identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje de cada niño o adolescente, con el propósito de consolidar o reorientar los procesos formativos y evaluativos (Artículo 3), para que los educandos logren lo que deben alcanzar dentro del sistema educativo: aprender y tener elementos sólidos para desarrollarse de manera integral como individuos de nuestra sociedad.
Dentro de esta lógica, el objetivo principal que deberían tener los establecimientos educativos es buscar o lograr al máximo y por todos los medios posibles, que todos sus estudiantes alcancen las metas esperadas dentro del año escolar. Así entonces, es responsabilidad de las maestras y maestros, como profesionales expertos en pedagogía y didáctica, procurar, utilizar, desarrollar e inventar si es el caso, todos los ambientes, estrategias y métodos posibles para lograr que sus estudiantes se acerquen, comprendan y den vida a su propuesta de formación; en otras palabras, que la totalidad de las y los educandos aprendan lo que la institución, la sociedad y el desarrollo del conocimiento han definido como persistente y necesario en el mundo actual.
Una evaluación concebida desde la perspectiva formativa
Es común en la tradición educativa fraccionar el proceso formativo en diferentes actividades: enseñanza, aprendizaje y evaluación, como si ellas no hicieran parte de una misma unidad, diluyéndose con ello el sentido del acto formativo y difuminándose la responsabilidad de cada uno de los actores que intervienen en él.
El decreto 1290 se fundamenta pedagógicamente en las teorías o conceptualizaciones más avanzadas concernientes al campo de la evaluación en el aula, superando de manera total la evaluación de contenidos, reducida exclusivamente a exámenes y donde la equivocación o el error son sinónimos que fracaso, pérdida o exclusión. Dentro de todo el texto de la norma se hace alusión específica a que la evaluación en el ámbito escolar debe ser absolutamente formativa e integral; y aunque no se desconoce para nada su utilidad en la promoción de los estudiantes, su principal tarea corresponde a suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades o desempeños superiores en su proceso formativo (Artículo 3).
La evaluación educativa en los niveles de enseñanza básica y media, debe tener propósitos exclusivamente formativos; es decir, de aprendizaje para todos los sujetos que intervienen en ella. La evaluación es aprendizaje, en la medida que es un medio a través del cual se adquieren conocimientos.
Los profesores aprenden de ella para conocer y mejorar la práctica docente en su complejidad, y para colaborar en el aprendizaje de sus educandos toda vez que identifican las dificultades que éstos tienen que superar, la manera de resolverlas y las estrategias que pueden utilizar. Los estudiantes también aprenden de y a partir de la propia evaluación, de su corrección y la información contrastada que le ofrezca el profesor. Igualmente, la normativa expedida por el Ministerio contempla que en el sistema interno de evaluación se incluya la auto evaluación de los estudiantes, teniendo esto como propósito fundamental que ellos se involucren de manera decidida y responsable con su proceso formativo.
También, el 1290 exige que la valoración que se realice de los desempeños de los estudiantes sea integral y que las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes se adelanten durante todo el año escolar y no sólo al finalizar el mismo, con el propósito que los educandos subsanen sus dificultades a tiempo. En esta medida, los profesores toman la evaluación como un elemento de diagnóstico, para saber dónde sus estudiantes tienen fallas y poderlos apoyar de manera adecuada y conveniente.
Es importante recordar que los niños y adolescentes no van a la escuela con el propósito de no "aprender nada", ser excluidos o "perder el año"; por el contrario, se llega a ella, con diferentes ritmos y desarrollos de aprendizaje, intereses y disposiciones, los cuales deben ser capturados, canalizados y enfocados, por los maestros y los establecimientos educativos, para conducirlos a su objetivo principal: lograr que todos aprendan; que todos sean competentes en el mundo actual y en la sociedad en que se desempeñen.
Una política nacional centrada en la calidad educativa
El Ministerio de Educación Nacional en cumplimiento del Artículo 67 de la Constitución Nacional debe velar por una educación de calidad dentro del sistema educativo. En este sentido, la actual política educativa ha definido que una educación de calidad significativa que todo estudiante, independientemente de su procedencia, lugar donde habite, género, situación social, económica o cultural, cuente con las mismas oportunidades para obtener los conocimientos necesarios que exige la época actual, desarrollar las competencias y valores necesarios para vivir, convivir, ser productivos y seguir aprendiendo a lo largo de su vida.
Adicionalmente, con la potestad otorgada por las Leyes 115 y 715 para establecer normas técnicas curriculares y pedagógicas, el Ministerio ha expedido para el país Lineamientos Curriculares, Estándares Básicos de Competencias y Orientaciones Pedagógicas o Generales, para los grupos de áreas fundamentales, con el propósito de otorgar unos referentes de calidad básicos que orienten de manera clara la educación nacional.
Los referentes de calidad son entonces la pauta nacional que ha fijado el Estado para asegurarle a todo colombiano que su paso por el sistema no es en vano y que la formación que está recibiendo cumple con unos estándares básicos sobre el conocimiento y la formación humana, los cuales han sido reconocidos y aceptados como válidos, pertinentes y de calidad por nuestra sociedad.
Dentro de este planteamiento y con la finalidad de generar condiciones de igualdad en todos los rincones del país, el Ministerio estableció dentro del Decreto 1290 que la denominación desempeño básico debe ser entendida como la superación de los desempeños necesarios para las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos curriculares.
En este sentido, debe entenderse que cuando un estudiante es valorado con la denominación Desempeño Básico definida en la Escala de Valoración Nacional, lo que se está expresando es que tal educando ha aprobado y por tanto ha superado los parámetros fijados como básicos en los Estándares Básicos de Competencia, las Orientaciones Pedagógicas o Generales, según sea el caso. Por lo tanto es inaceptable, y éticamente poco responsable, adelantar procesos formativos por debajo de los parámetros fijados en los mencionado documentos.
En conclusión puede afirmarse que el Decreto 1290 es una norma construida a partir del consenso, es congruente con los adelantos de la reflexión pedagógica, propende por una educación de calidad y el desarrollo integral de los estudiantes, además de fortalecer la autonomía institucional y ratificar la confianza que el Estado colombiano tiene en el profesionalismo de sus docentes.
Heublyn Castro V.
Subdirectora de Estándares y Evaluación del MEN. Licenciada en Historia de la Universidad del Valle. Especialista en Educación Sexual. Universidad San Buenaventura. Maestría en Diseño y Teoría Curricular. Universidad Complutense de Madrid. Maestría en Educación con Énfasis en Historia, Universidad Pedagógica Nacional. Autora de material escolar. Coordinadora del Proyecto de Lineamientos Curriculares del área de Ciencias Sociales, MEN.
Heublyn Castro V.
Subdirectora de Estándares y Evaluación del MEN. Licenciada en Historia de la Universidad del Valle. Especialista en Educación Sexual. Universidad San Buenaventura. Maestría en Diseño y Teoría Curricular. Universidad Complutense de Madrid. Maestría en Educación con Énfasis en Historia, Universidad Pedagógica Nacional. Autora de material escolar. Coordinadora del Proyecto de Lineamientos Curriculares del área de Ciencias Sociales, MEN.
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